

Corte Suprema de Perú: ¿Cuándo es válida la reducción unilateral de sueldos?
Corte Suprema Peruana establece condiciones para la reducción de remuneraciones: Un análisis del caso Casación N.° 33152-2022 Lima. La Corte Suprema de Perú ha dictado una sentencia que establece las condiciones bajo las cuales una reducción unilateral de remuneraciones por parte del empleador puede ser considerada válida. El caso, Casación N.° 33152-2022 Lima, involucra una demanda de un trabajador que reclamaba el pago de reintegro por concepto de bonos y beneficios laborales desde 1990 hasta 2015. En primera instancia, el trabajador ganó el caso. Sin embargo, en segunda instancia, la Sala Laboral revocó la decisión, declarando infundado el pago del reintegro. El trabajador apeló a la Corte Suprema. "La reducción de sueldo de manera unilateral por parte del empleador será válida si la empresa está sufriendo una crisis económica y el trabajador no reclamó en su oportunidad", explica la abogada laboral Melissa Cueva en un video que analiza el caso. La Corte Suprema determinó que la reducción no fue unilateral ni abusiva, ya que existían elementos que demostraban la crisis económica de la empresa y la aceptación tácita del trabajador. La empresa presentó estados financieros que demostraban el déficit económico en 1997 y 1998. Además, se evidenció que el trabajador había aceptado la reducción en dos ocasiones (octubre de 1998 y septiembre de 2000). "La Corte Suprema concluye que la reducción no fue unilateral ni abusiva, ya que existen elementos conducentes que van a determinar que el trabajador sí pudo haber convenido la reducción en su oportunidad", añade la abogada. Este caso destaca la importancia de la documentación y el acuerdo previo entre empleador y trabajador en cualquier modificación de las condiciones laborales. La transparencia y la comunicación efectiva son cruciales para evitar conflictos legales.